Derecho Romano
Apuntes de derecho romano 5 de agosto del 2008
Derecho Romano
Sucesión Ab- Intestato
La sucesión intestada es aquella de carácter supletorio , cuya apertura se producía por disposición de la ley por no haber testamento o porque el mismo no fuese válido o porque no haya sido aceptado por los herederos instituidos.
La sucesión Ab Intestato en el Derecho Civil:
Se encuentra regulada en el precepto de la ley de las XII Tablas “Si muere intestado y no hay herederos sui, que el patrimonio lo tenga para sí el agnado; si no hay agnado, que lo tenga los gentiles”. Prescindía del vínculo de sangre. Excluía al hijo emancipado y prevalecía la familia civil o agnaticia sobre la natural o cognaticia, no aceptaba la sucesión por órdenes reconocidos por la ley ni por grados de cada orden.
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