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Apuntes de derecho civil 4 de agosto del 2008
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En todo acto jurídico, la voluntad debe exteriorizarse para tener relevancia en el mundo jurídico. Es así que el Art. 913 del Código Civil expresa “Ningún hecho tendrá el carácter de voluntario, sin un hecho exterior por el cual le voluntad se manifieste” Este hecho exterior por el cual la voluntad se manifiesta a otros sujetos se denomina “forma esencial”. Es así que hemos conceptualizado la forma como elemento esencial del acto jurídico, diciendo que es el modo como se exterioriza la voluntad del sujeto. Leer el resto de la entrada »
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