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Concepto de Derecho Romano
By Apuntes de | Agosto 4, 2008
Concepto de Derecho Romano
Concepto Amplio: Es el conjunto de normas y principios juridicas que rigieron las relaciones del pueblo romano en las distintas epocas de su historia, dentro de los limites marcados por la fundacion de Roma ( 753 aC ) hasta la muerte del emperador Justineano ( 565 dC ).
Concepto Restringido: La expresion derecho romano es el adecuaminto normativo contenido en la compilacion de las leyes y jurisprudencia romanas. Este cuerpo legislativo denominados Corpus IuresCivilis, esta compuesto por:
El Codigo: que es una compilacion de constituciones imperiales
El Digesto o Pandectas: que contiene el adecuamiento de la jurisprudencia romana
Las Institutas: que es donde se expone el principio basico de su derecho
Las Novelas: que contienen las nuevas constitucionesdictadas por Justiniano entre los años 535 a 565 dC.
Nociones Fundamentales del derecho
Vivir Honestamente
No dañar al otro Creada por los Pontifices
Dar a cada uno lo suyo
Utilidad Actual del Estudio del Derecho Romano
Causas, motivos culturales e historicos de importancia, nos induce a sostener la necesidad del estudio de la legislacion romana, porque ademas de su valor formativo y pedagogico, nos proporciona grandes principios que sirven de base al mundo juridico moderno que son los que los romanos establecieron, por ej. Los conceptos de capacidad juridica, la capacidad de obrar. Etc.
Nuestro Codigo Civil de 1869 ( creado por Velez Sarfield ), es una obra de contenido esencialmente romano, en sus articulos se aprecian los principios romanos consagrados en su ordenamiento.
El derecho romano nos ofrece los conceptos fundamentales de una ciencia juridica supranacional que puede servir para crear una plataforma juridica donde juristas de diversos paises de sistema romanista puedan deliberar.
Concepto de Derecho Romano e Ideas Romanas
IUS: Los romanos designaron al derecho con la voz latina de Ius. Ese sentido objetivo es la morma que regula con caracter obligatorio las relaciones sociales, en sentido subjetivo como facultad o poder que el ordenamiento juridico reconoce a cada sujeto. Definimos al derecho contemplando su aspecto objetivo, como “el arte de lo bueno y lo equitativo”.
IUS PUBLICUM: Se refiere al “Estado de la cosa romana”. Esta constituido por el conjunto de normas que regulan la constitucion y la actividad del Estado y las relaciones que ese mismo Estado tiene con los particulares. El Estado ordena el Ius Publicum basandose en normas y principios de caracter inalterable. Existen normas de Derecho Privado que entran en el ambito del Derecho Publico cuando a la par del interes individual persiguen un interes social o colectivo.
IUS PRIVATUM: Es “el que concierne a la utilidad de cada individuo”. Rige las normas de los individuos entre si y hace la utilidad de cada individuo. Existe una division triparita del Derecho Privado segun Justiniano: Ius Civile,exclusivo de los ciudadanos romanos, apliable solo a ellos, el Ius Gentium,integrado por normas que aplicaban todos los pueblos y que tenian por fundamento la razon natural y el Ius Naturale, para Paulo es aquel, que siempre es bueno y equitativo. Concibe un dereho ideal, inmutable, en el que todos los hombres son iguales. Es establecido por una cierta prominencia divina. Segun Gayo otra division del Derecho Privado es: El Derecho Civil, que es el que emana las leyas, plebisitos, senadoconsultos, decretos de los principes y autoridad de los jurisconsultos, y el Derecho Honorario, que es el conjunto de principios juridicos que derivan de la autoridad jurisdiccional de los magistrados o, de los que “gozan de honores”. Este derecho, creado por el pretor, fue la gran masa de principios juridicos que aparecieron para dar mayor eficacia al derecho civil, va contemplandolo y corrigiendolo.
FAS: Es lo mismo que el Ius Divinum, es la norma religiosa, el derecho revelado por los dioses, que regula las relaciones de los hombres con la divinidad.
IUSTITIA: Es lo mismo que la Justicia. Es la “constante y perpetua voluntad de dar a cada uno lo suyo”.
JURISPRUDENCIA: Se define como el conocimiento de las cosas divinas y humanas, y la ciencia de lo justo y lo injusto. En el derecho actual la jurisprudencia tiene significado distinto, hoy es un conjunto de fallos dictaminados por un juez en un mismo sentido.
AEQUITAS: (Equidad) Etimologicamente significa equidad o igual. Es la igualdad de los iguales en iguales condiciones. Introducida por el pretor, es la justicia del caso concreto.
DERECHO ESCRITO Y NO ESCRITO: El 1º “está constituido por la ley, los plebisitos, senadoconsultos , las constituciones de los emperadores, los edictos de los magistrados, las respuestas de los juriconsultos”. Son aquellos que fueron elaboradas por organos del poder estatal con facultad de hacer derecho. Con respecto al 2º podemos decir que es aquel que el uso convalidó, pues las costumbres constantes, aprobadas por el concentimiento de los que las siguen, semejan a la ley. Es el derecho surgido de la costumbre.
Periodos Historicos
Monarquia Fundacion de Roma hasta la expulsion de Tarquino el Sobervio
Republica Llega hasta el adventimiento de Augusto ( 1º Emperador )
Imperio 2 Epocas: El Principado y el Dominado
Periodizacion del Derecho Romano
1º Periodo: ( Derecho Quiritario ) Surge con la fundacion de Roma hasta el siglo IV a.C. Su fuente fundamental fue la COSTUMBRE.
Habia una distincion entre las normas del Fas y el Ius, con esto se divide luego en Ius Publicum e Ius Privatum.
El Derecho Quiritario, era un derecho de clases ya que unicamente se veian privilegiada la clase patricia, y esto desfaborecia a la clase plebeya.
El Ius Quiritium, fue un conjunto de normas aisladas, rudas y formalistas.
2º Periodo: ( Derecho Honorario o de Gentes ) Surge en el año 367 a.C. En este periodo vemos que surge la ley que admite a los plebeyos en el consulado. Ademas se crea una magistratura Patricia ( La Pretura ). Con esto aparece el Pretor que se ve favorecido con la ley Aelutia, dando asi nacimiento al Ius Honorarium.
Hay un fenomeno juridico paralelo El Ius Civile y el Ius Honorarium
Con esto el Ius Civile se resiste a ser desplazado por el Ius Honorarium, pero los Edictos del Pretor van imtroduciendo normas que van dejando de lado la rudeza y el rigor del Ius Civile.
A esta fucion se la denomino “Sistema Uniforme del Derecho Positivo”.
3º Periodo: ( Derecho Jurisprudencial )Surge en los años 100 al 50 a.C. El derecho jurisprudencial nace con el quehacer de los jurisconsultos llamados Pentactividad:
•Respondere
•Conme
•Agene
•Scribane
•Iusladue
Augusto el primer emperador romano le da mayor autoridad a la jurisprudencia, entonces las respuestas de los jurisconsultos era una emanacion de su propio poder. Adriano otro emperador reconoce tambien como autoridad a los juconsultos, y ademas prohibe a los jueces separarce de los consejos que daban los jurisconsultos.
Hay un decaimento del Derecho Publico y un auge del Derecho Privado, tambien hay una unificacion de los edictos pretorios en el Edicto de Salvio Juliano. Con este nuevo edicto surge el Derecho de la Jurisprudencia Clasica, y su mayor exponente fue Papiriano.
4º Periodo: ( Derecho de la Codificacion ) El derecho en esta epoca responde a una sociedad de renovacion.
Se elabora el derecho pulido, antiformalista, universal y sistematico.
Const. Imperiales ( a partir de Dioclesiano 248 dC )
Fuentes del Derecho
Cod. Gregoriano y Hermogeneano ( ambos de caracter privado )
Se realiza la ordenacion del Ius o el Iura que era el derecho transmitido por los juriconsultos. Ademas se crea una Const. Imperial dictada por Teodosio II y aplicada en Occidente por Valentino III ( Ley de Citas 426 dC. ).
En el 438 dC. Aparece el Codigo Teodisiano que junto con el Corpus Ius Civile eran de caracter oficial.
El ciclo del derecho de Codificacion desmboca en la obra del Emperador Justiniano que finaliza la codificacion.
Las jurisprudencias y las Const. Imperiales se plasman en el Codigo, Pandectas, Institutas y Novelas.
Pluralidad de Fuentes
Fuentes de Produccion: Era todo aquello de donde el derecho tiene su nacimiento, es de donde brotan las normas juridicas que regulan la vida social en Roma.
Fuentes de Conocimiento: Se dividian en Extrajuridicas, que eran las formadas desde la antiguedad, provenian de los historiadores, filosofos, etc., y las Juridicas, que comprendian las Institutas de Gayo, Colecciones Juridicas y el Corpus Ius Civile.
Topics: Apuntes de derecho romano |
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