Habilitación comercial
Apuntes de derecho civil 14 de julio del 2008
Habilitación comercial. Régimen de Código de Comercio. Autorización expresa y tácita. Efectos y caracteres.
Esta habilitación es distinta de la habilitación de edad y permite que una
persona mayor de 18 años ejerza el comercio si acredita estar habilitado por sus padres.
Puede ser realizado en forma expresa. Cuando es realizado a través de un
instrumento que se inscribe en el Registro de Comercio. Mediante ello, el menor puede realizar cualquier acto de comercio.
También puede ser tácita cuando alguno de los padres asocia a su hijo a su
comercio, en cuyo caso el menor sólo puede realizar actos relacionados con la actividad del comercio de su padre.
Esto puede ser revocado por el padre o tutor, e incluso por el ministro público.
(Debe ser inscripto en el Registro de Comercio.)
Efectos de la emancipación civil sobre la capacidad para ejercer el comercio:
Se plantea aquí el problema de si la emancipación (habilitación de edad o matrimonio) otorga la capacidad para ejercer el comercio o no.
La doctrina dice que no, debido a la capacidad limitada del emancipado (no puede afianzar obligaciones, por ejemplo) y por tratarse de cuestiones distintas.
Por lo tanto, un emancipado requiere de las habilitaciones comerciales para ejercer el comercio.
Sobre mí